CONDENA A LA ASEGURADORA DEL HOSPITAL GENERAL DE COLLADO VILLALBA POR EL
RETRASO DE 1 AÑO EN EL DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DEL CÁNCER DE MAMA.

La Audiencia Provincial de Madrid, sección 12º, ha dictado sentencia por la que confirma la
sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Majadahonda audiencia por la que se condena
a la aseguradora del Hospital General de Collado Villalba a abonar el importe de 71.087 euros
(65.010,06 Euros más 6077,28 los intereses del art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro) por el
retraso en el diagnóstico y tratamiento del cáncer de mama, así como las costas del
procedimiento

Dª I.D.S. de 45 años , en enero de 2016 notó un bulto en la mama izquierda acudiendo al
ginecólogo en el Hospital General de Collado Villalba, se le realiza mamografía que objetiva
“Microcalcificaciones pleomórficas regionales cuadrante superoexterno de mama izquierda” e
indica expresamente hay que completar el estudio con una ecografía que se realiza en febrero de 2016, sin tener en cuenta los resultados de la mamografía se cataloga incorrectamente como BIRADS 3 y se recomienda control en 6 meses cuando, -según los protocolos-, se le debería haber realizado una biopsia.

En agosto de 2016 vuelve a acudir donde se le realiza ecografía y se le vuelve a indicar regrese
en 6 meses pese al crecimiento del nódulo. Se cita a la paciente en febrero de 2017 en este
caso se cataloga como BIRADS 4 y se indica la realización de una biopsia que confirma el
cáncer de mama, con metástasis en los ganglios axilares. Tras ello se le tiene que realizar la
mastectomia más linfadenectomia, recibiendo posteriormente tratamiento con quimioterapia y radioterapia.

Como reconoce la sentencia “hay unanimidad en que hubo un error en el diagnóstico que
reside en el hecho de haber considerado la lesión como Bi-RADS 3 cuando correspondía BIRADS 4, lo que habría exigido según protocolo la realización de biopsia con aguja gruesa (BAG) de la lesión lo que hubiera posibilitado una detección anterior de la enfermedad”, es decir, la propia aseguradora reconoce que se debería haber practicado la biopsia un año antes pero no se hizo.

DERECHO SANITIARIO. FERNÁNDEZ-BRAVO. ABOGADOS

Se reconoce, que el error de diagnóstico no fue la causa del cáncer pero sí fue la causa de su agravación y ello debe ser objeto de indemnización y se trata de valorar la pérdida de oportunidad en haber obtenido un diagnostico precoz de su enfermedad de haberse confirmado la existencia de un tumor cancerígeno en el año 2016 y quizás haber aplicado un tratamiento médico menos invasivo o menos agresivo que el que tuvo lugar en el año 2017”.

SE PERDIO UN AÑO EN EL DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO
La sentencia que reconoce la mala praxis en el diagnóstico del cáncer de mama reconoce la indemnización de 65.010,06 Euros por el daño ocasionado así como los intereses del art. 20 LCS 71.087 euros y las costas del procedimiento dado que la cuestión discutida que es la negligencia en la prestación medica ha sido SUSTANCIALMENTE estimada.

La aseguradora recurrió ante la Audiencia Provincial de Madrid que alegaba que solo había perdido la sra un 5% de esperanza de vida y había curado la enfermedad, sin embargo, la AP ha dictado sentencia confirmando la Sentencia del Juzgado, reconociendo la mala praxis y reconociendo como SE PERDIO UN AÑO EN EL DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO, lo que hubiera permitido un tratamiento médico menos agresivo.

Dicha sentencia se centra igualmente en analizar la condena en costas y la teoría de la estimación sustancia de la demanda reconociendo expresamente como procede esa condena, pese a haber estimación parcial de la demanda, al obligar a la actora al procedimiento judicial para que sea reconocida esa responsabilidad y esa negligencia médica.

La Audiencia Provincial de Madrid reconoce que el caballo de batalla del proceso ha sido la determinación de la responsabilidad y no la indemnización estimando en consecuencia la condena en costas en el procedimiento.

La defensa del procedimiento ha sido llevada por la Ltda. Carmen Fernández-Bravo García del DESPACHO FERNANDEZ-BRAVO ABOGADOS

Share This